RC — Ramírez Castaño Ramírez Castaño SU FAMILIA LEGAL
ACTUALIDAD LEGAL

DIAN reconsidera doctrina y admite beneficios tributarios para personas naturales que adquieran vehículos híbridos y eléctricos

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) modificó su posición frente a los incentivos de la Ley 1715 de 2014, concluyendo que las personas naturales que adquieran vehículos híbridos o eléctricos para uso personal pueden acceder a la deducción especial en renta y a la exclusión del IVA, siempre que cuenten con la certificación de la UPME.

Antecedentes

  • En el Concepto No. 012101 del 5 de agosto de 2025, la Subdirección de Normativa y Doctrina había señalado que la compra de automóviles híbridos o eléctricos por parte de personas naturales para uso personal no daba derechoa los beneficios.

  • La tesis se fundamentaba en que los incentivos de la Ley 1715 estaban dirigidos únicamente a proyectos de generación de energía con fuentes no convencionales (FNCE) o a medidas de gestión eficiente de la energía (GEE) en el sector productivo.

Cambio doctrinal

Tras un análisis integral del marco normativo, la DIAN reconsideró su posición:

  • La Ley 1715 de 2014 y la Ley 2099 de 2021 atribuyen a la UPME la competencia para certificar qué inversiones califican como FNCE o GEE.

  • La Resolución 135 de 2025 de la UPME incluye expresamente los vehículos eléctricos e híbridos (PHEV y HEV) en la lista de bienes GEE.

  • El Plan de Acción Indicativo PROURE 2022-2030 también reconoce la adquisición de vehículos eléctricos como una medida transversal de gestión eficiente de la energía.

Conclusión de la DIAN

La entidad precisó que:

“La adquisición de vehículos híbridos y eléctricos por parte de personas naturales para uso personal constituye una medida de gestión eficiente de la energía (GEE) y, por tanto, da derecho a los beneficios tributarios previstos en los artículos 11 y 12 de la Ley 1715 de 2014, siempre que cuente con la certificación de la UPME”.

En la práctica, bajo esta reconsideración doctrinal:

  • Las personas naturales podrán deducir hasta el 50% de la inversión en renta, en un periodo no mayor a 15 años.

  • La compra de los vehículos certificados quedará amparada por la exclusión de IVA.

  • La decisión alinea el régimen tributario con la política pública de transición energética y movilidad sostenible.

DIAN, concepto 1715(013853) de 2025

← Todos los recursos

¿Este tema le tocó de cerca?

Si algo de lo que leyó le hizo pensar en su empresa, conversémoslo antes de que sea urgente.

Confidencial · Sin compromiso