DIAN aclara reporte de información de socios: valor nominal debe corresponder al total de acciones poseídas

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaró el alcance de la información que deben reportar las sociedades respecto de sus socios o accionistas en virtud del artículo 19 de la Resolución 000162 de 2025, en particular sobre el valor nominal de las acciones.
La inquietud surgió porque el prevalidador de información exógena hace referencia al “valor nominal de las acciones” en plural, mientras que la norma habla del valor de la acción en singular, generando dudas sobre la forma de reportar.
La aclaración de la DIAN
La entidad precisó que:
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El prevalidador es solo una herramienta de orientación en Excel que facilita la estructuración de los archivos, pero no reemplaza las obligaciones formales ni exime de responsabilidad por errores en la información reportada.
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En aplicación del artículo 19, se debe informar:
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Los datos de los socios o accionistas que posean acciones o aportes, el valor nominal de la acción y el valor pagado por prima en colocación al 31 de diciembre del año a reportar.
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Los detalles de las enajenaciones de acciones o aportes efectuadas durante el año que no hayan pasado por bolsa de valores.
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La referencia en plural que hace el prevalidador busca aclarar que, en los casos en que un socio posea más de una acción, la información debe reportarse considerando el valor nominal de cada acción multiplicado por el total de acciones que tenga al 31 de diciembre.
La DIAN concluyó que la información a reportar debe reflejar el valor nominal de la totalidad de acciones, aportes o derechos sociales poseídos por cada socio o accionista al cierre del año gravable. En consecuencia, el prevalidador no contradice la norma, sino que orienta la manera correcta de consolidar la información cuando un socio tiene varias acciones.
DIAN, concepto 1177(010452) de 2025
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