Este es el protocolo que debe implementar en su empresa para garantizar la igualdad y no discriminación en el empleo

El Ministerio del Trabajo expediría una resolución que establece un protocolo y directrices para garantizar la aplicación efectiva del numeral 1 del artículo 3 de la Ley 2114 de 2021. Esta medida busca fortalecer la protección contra la discriminación laboral, particularmente en lo relacionado con la exigencia de pruebas de embarazo como requisito para el acceso y permanencia en el empleo.
Contexto y Justificación de la Resolución
El protocolo responde a compromisos internacionales de Colombia en materia de igualdad y no discriminación, tales como los Convenios 100 y 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Convención de Belem do Pará. Además, acata lo ordenado por la Corte Constitucional en la Sentencia T-202 de 2024, que instó al Ministerio a definir directrices claras en esta materia dentro de un plazo de seis meses.
La Ley 2114 de 2021, en su artículo 3, establece la prohibición de exigir pruebas de embarazo como requisito para acceder o permanecer en un empleo. Sin embargo, con esta nueva resolución, se detallan las obligaciones específicas de las empresas para garantizar su cumplimiento efectivo.
Principales Disposiciones del Protocolo
- Ámbito de Aplicación: La resolución se aplica a todas las empresas formalmente constituidas, sean personas naturales o jurídicas, con el deber de implementar medidas contra la discriminación laboral.
- Medidas Antidiscriminatorias:
- Se prohíbe que formularios, solicitudes o cualquier otro documento exijan pruebas de embarazo, salvo con consentimiento previo e informado en casos donde el empleo implique riesgos reales o potenciales para el embarazo.
- Las empresas deben incorporar cláusulas en sus contratos con prestadores de servicios de salud para evitar el acceso a información sobre el estado de embarazo de postulantes.
- Los centros de salud habilitados para realizar exámenes precontractuales no podrán suministrar información sobre el embarazo de una candidata sin su consentimiento expreso.
- Se establece el derecho de las candidatas a elegir el centro médico donde se realicen exámenes de sangre requeridos en procesos de selección.
- Sanciones por Incumplimiento: Las empresas que incurran en prácticas discriminatorias serán objeto de investigaciones administrativas y podrán enfrentar sanciones conforme a la Ley 1610 de 2013.
Implicaciones para Empleadores y Trabajadores
Con esta resolución, el Ministerio del Trabajo refuerza la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito laboral y fortalece el marco normativo contra la discriminación. Las empresas deberán adecuar sus procedimientos internos y garantizar el cumplimiento de estas nuevas disposiciones para evitar sanciones y promover un ambiente de trabajo más equitativo.
La medida se alinea con la política de trabajo digno y decente establecida en el Decreto 1527 de 2024 y reafirma el compromiso del Gobierno en la lucha contra la discriminación de género en el ámbito laboral. La resolución entrararía en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial.
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