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La DIAN simplifica el RUT para proteger datos personales

En un paso significativo hacia la modernización y protección de la información ciudadana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha implementado cambios fundamentales en el Registro Único Tributario (RUT) que buscan reducir trámites innecesarios y minimizar riesgos de suplantación de identidad.

El cambio más destacado es la eliminación de la fecha de actualización en el documento, reemplazándola por una fecha de generación que aparecerá únicamente en el pie de página. Esta modificación responde a la necesidad de aclarar la naturaleza de la vigencia del RUT, que es indefinida y solo requiere actualización cuando se producen cambios específicos en la información del contribuyente.

Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la DIAN, explicó que la medida busca evitar trámites innecesarios y proteger la identidad de los ciudadanos. Específicamente, el documento ya no mostrará la fecha de expedición del documento de identidad, eliminando un potencial riesgo de exposición de datos sensibles.

La entidad enfatiza que el RUT seguirá siendo un mecanismo crucial para identificar, ubicar y clasificar a personas y entidades con obligaciones tributarias. Los contribuyentes solo deberán actualizarlo cuando experimenten cambios en aspectos como lugar de residencia, número telefónico, correo electrónico, actividad económica o responsabilidades.

Para verificar la autenticidad del documento, las empresas y entidades públicas deberán confirmar la fecha de generación y la marca de agua que indica «copia certificado documento sin costo». Esta medida garantiza la validez del documento sin necesidad de actualizaciones frecuentes.

La DIAN reitera que los trámites relacionados con el RUT continúan siendo gratuitos y pueden realizarse a través de los canales de atención habituales. Los ciudadanos interesados en obtener información adicional pueden consultar el micrositio web de la entidad.

Esta iniciativa se fundamenta en los artículos 555-1 y 658-3 del Estatuto Tributario, así como en el artículo 1.6.1.2.7 del Decreto 1625 de 2016, consolidándose como una reforma administrativa que prioriza la eficiencia y la protección de datos personales.

Fuente: DIAN

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