Generación y registro de eventos RADIAN para facturas electrónicas de venta como título valor

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido un concepto sobre la responsabilidad en la generación y registro de los eventos asociados a las facturas electrónicas de venta como título valor en el sistema RADIAN, en el contexto de un mandato aduanero. Este concepto clarifica las disposiciones normativas aplicables y los procedimientos que deben seguirse para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asociadas.
Problema jurídico
¿Quiénes están facultados para generar y registrar los eventos del sistema RADIAN asociados a facturas electrónicas de venta como título valor, cuando estas circulan en el territorio nacional en el marco de un mandato aduanero?
Tesis jurídica
De acuerdo con el artículo 11, el parágrafo 13 y demás normas de la Resolución DIAN No. 000085 de 2022, los Usuarios del RADIAN habilitados por la DIAN con rol de registro son los responsables de generar y registrar los eventos asociados a las facturas electrónicas de venta como título valor. Este registro podrá realizarse directamente por los usuarios habilitados o a través de un mandatario, conforme a los términos del artículo 26 de la misma resolución.
La DIAN establece que el RADIAN (Registro de la Factura Electrónica como Título Valor) es el sistema encargado de validar, transmitir y registrar las facturas electrónicas que tengan vocación de circular en el territorio nacional. Este sistema permite materializar la transferencia de derechos económicos inherentes a las facturas electrónicas de venta que circulan como título valor, asegurando su registro bajo los términos técnicos y legales establecidos.
Facturación Electrónica en el Marco de un Mandato Aduanero
- En el contexto de un mandato aduanero, una agencia de aduanas actúa como mandataria del importador o exportador, según el artículo 3 del Decreto 1165 de 2019. En virtud de este mandato:
- La agencia debe emitir facturas electrónicas de venta al mandante por los servicios de agenciamiento aduanero.
- Estas facturas deben discriminar los valores por concepto de honorarios, de acuerdo con los artículos 615 y 616-1 del Estatuto Tributario.
- El registro de los eventos RADIAN relacionados con estas facturas será obligatorio solo cuando las mismas tengan vocación de circular en el territorio nacional.
Registro de Eventos en el RADIAN
El artículo 5 de la Resolución 000085 establece que el RADIAN incluye la factura electrónica como título valor y los eventos asociados, entre los cuales están:
- Inscripción de la factura.
- Transferencia de derechos económicos.
- Endoso electrónico, aval, mandato e informe para el pago.
- Limitaciones a la circulación y protesto.
El registro de estos eventos podrá ser realizado por usuarios habilitados del RADIAN o, en su defecto, por un mandatario designado bajo los parámetros legales.
Autonomía de la Voluntad Privada
La DIAN subraya que el registro y generación de eventos asociados dependerá de la intención negocial del legítimo tenedor de la factura. Este principio, respaldado por el artículo 31 de la Resolución 000085, indica que las facturas electrónicas que no se registren en el RADIAN no podrán circular como título valor, aunque ello no afecta su constitución legal bajo la legislación comercial.
La responsabilidad de generar y registrar los eventos RADIAN asociados a las facturas electrónicas de venta como título valor recae en los usuarios habilitados por la DIAN o en un mandatario designado. Este registro será obligatorio únicamente para las facturas con intención de circular como título valor en el territorio nacional, según lo dispuesto en la Resolución DIAN 000085 de 2022 y su Anexo Técnico.
DIAN, concepto 796 [006737] de 2024
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