ACTUALIDAD LEGAL
La DIAN define la aplicación de tarifas del Régimen Simple tras inexequibilidad de normas de la Ley 2277 de 2022

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) resolvió una consulta relacionada con las implicaciones de la Sentencia C-540 de 2023, mediante la cual la Corte Constitucional declaró inexequibles disposiciones de la Ley 2277 de 2022 sobre el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE). La consulta abordó específicamente la obligación de ajustar las tarifas para el año 2023 y las implicaciones en los anticipos pagados bajo la normativa ahora excluida.
Puntos principales del pronunciamiento
- Efectos de la inexequibilidad
La DIAN explicó que la decisión de la Corte Constitucional, en su Sentencia C-540 de 2023, tiene efectos ex nunc, es decir, a partir del momento de la declaratoria de inexequibilidad (5 de diciembre de 2023) y hacia el futuro. Esto implica que:- Las normas declaradas inexequibles quedaron excluidas del ordenamiento jurídico desde la fecha de la sentencia.
- Los actos emitidos con base en dichas normas, hasta antes de la decisión de la Corte, conservan su validez y no requieren ajustes retroactivos.
- Tarifas del Régimen SIMPLE tras la sentencia
Con la declaratoria de inexequibilidad, se revivieron las tarifas del numeral 3 del parágrafo 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario, vigentes en virtud de la Ley 2155 de 2021. Estas tarifas aplican a partir del 5 de diciembre de 2023 y en adelante, pero no tienen efectos retroactivos para anticipos o declaraciones anteriores. - Tratamiento de anticipos liquidados antes de la sentencia
- Los anticipos calculados y pagados bajo la vigencia de la norma declarada inexequible no deben ser recalculados con las tarifas revividas.
- Estos anticipos son descontados directamente del valor a pagar en la declaración consolidada anual, conforme al artículo 910 del Estatuto Tributario.
- Si existe una diferencia entre los anticipos y el valor de la declaración anual, el contribuyente está obligado a pagar el saldo restante.
- Impacto sobre los períodos fiscales futuros
A partir del período fiscal 2024, los contribuyentes del Régimen SIMPLE deben calcular los anticipos según las tarifas revividas, hasta que el Congreso de la República legisle nuevamente sobre el tema.
Implicaciones para los contribuyentes
- Anticipos 2023: No es necesario recalcular los anticipos liquidados bajo la norma declarada inexequible. Estos se consideran válidos y aplicables al período fiscal en que se causaron.
- Declaración anual: Los contribuyentes deben ajustar la declaración consolidada anual de 2023, asegurándose de descontar los anticipos ya pagados y cubrir cualquier saldo pendiente.
- Futuro cumplimiento: Para los años siguientes, los anticipos deben calcularse conforme a las tarifas revividas por la Ley 2155 de 2021.
DIAN, concepto 823 [006999] de 2024
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