La DIAN propone nuevas reglas para el reporte de información exógena cambiaria

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado un proyecto de resolución que busca actualizar y modificar las normas sobre el reporte de información exógena cambiaria. Este proyecto introduce cambios significativos en el contenido, las características técnicas y los plazos para la presentación de esta información.
Aspectos más relevantes de los cambios propuestos:
- Actualización de formatos:
- Se establecen nueve formatos (1059, 1060, 1061, 1062, 1063, 1064, 1066, 1067 y 1070) para reportar diferentes tipos de operaciones cambiarias y de crédito externo.
- Se incluye un nuevo formato (1066) para reportar modificaciones, correcciones y nuevas declaraciones de cambio derivadas de anulaciones.
- Ampliación de la información requerida:
- Se solicita información más detallada sobre el origen o destino de los recursos en las operaciones de cambio.
- Se requiere información sobre los documentos aduaneros y los valores canalizados, amortizados o desembolsados por créditos externos.
- Cambios en los plazos de presentación:
- Se establece un nuevo calendario trimestral para la presentación de la información, con plazos específicos según el último dígito del NIT del obligado.
- Se introduce un período de transición para la presentación de la información correspondiente a los trimestres de 2023 y 2024.
- Implementación de nuevo aplicativo:
- Se certifica la entrada en funcionamiento de un nuevo aplicativo informático (programa prevalidador cambiario) para procesar los formatos de los archivos XML.
- Flexibilización en la corrección de información:
- Se permite la corrección de errores en las declaraciones de cambio en cualquier tiempo, sin generar una nueva declaración, siguiendo las directrices del Banco de la República.
- Informe de ausencia de operaciones:
- Se mantiene la obligación de presentar un informe de ausencia de operaciones (Formato 1070) para los períodos en que no haya información que reportar.
- Ampliación de sujetos obligados:
- Se incluye explícitamente a los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos como sujetos obligados a reportar.
- Modificaciones en la presentación de la información:
- Los titulares de múltiples cuentas de compensación deben presentar la información en un solo archivo XML por cada concepto.
- Sanciones:
- Se mantiene la aplicación de sanciones previstas en el régimen sancionatorio para el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la resolución.
Implicaciones para los obligados:
- Los intermediarios del mercado cambiario, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos deberán adaptar sus sistemas para generar la información en los nuevos formatos requeridos.
- Se deberá prestar especial atención a los nuevos plazos de presentación y al período de transición establecido para la información de 2023 y 2024.
- Los obligados tendrán que familiarizarse con el nuevo aplicativo informático para el procesamiento de los archivos XML.
- Se deberá tener en cuenta la posibilidad de corregir errores en las declaraciones de cambio sin generar una nueva declaración, lo que podría facilitar el proceso de reporte.
Este proyecto de resolución busca modernizar y estandarizar el proceso de reporte de información exógena cambiaria, alineándolo con las recientes modificaciones en la normativa del Banco de la República. La DIAN espera que estos cambios mejoren la calidad y oportunidad de la información recibida, fortaleciendo así su capacidad de control y fiscalización en materia cambiaria.
Consulte aquí el proyecto de resolución:
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