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Fue reglamentado el procedimiento para otorgar beneficios por colaboración en casos de soborno transnacional y responsabilidad de personas jurídicas por actos de corrupción

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo expidió el Decreto 390 de 2024, por el cual se establece el procedimiento para que la Superintendencia de Sociedades conceda los beneficios por colaboración previstos en la Ley 1778 de 2016, modificada por la Ley 2195 de 2022, en casos de soborno transnacional y responsabilidad de personas jurídicas por actos de corrupción.

A continuación resaltamos los aspectos más relevantes de esta nueva normativa:

  1. Se reglamenta el proceso para solicitar los beneficios por colaboración, los requisitos de la información suministrada y la oportunidad para presentar la solicitud.
  2. La exoneración total implica que no se impongan sanciones, pero se declare la responsabilidad administrativa de la persona jurídica.
  3. La solicitud debe dirigirse a la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios de la Superintendencia de Sociedades.
  4. Si la solicitud se realiza antes del inicio de la actuación administrativa, la Superintendencia estudiará la exoneración total bajo ciertas condiciones.
  5. Si es posterior al inicio, las pruebas allegadas podrán ser consideradas como atenuantes.
  6. La Superintendencia podrá recibir solicitudes parciales y continuar la investigación, considerando la información aportada para graduar la sanción.
  7. En conductas con varios infractores, se tendrá en cuenta el orden de las solicitudes para graduar los beneficios.
  8. Los beneficios por colaboración darán lugar a terminar la actuación solo para la persona jurídica que los recibió, pudiendo continuar para otras involucradas.

El Decreto busca así reglamentar un procedimiento claro y garantista para el otorgamiento de los beneficios por colaboración en casos de soborno transnacional y responsabilidad de personas jurídicas por corrupción, fortaleciendo la lucha contra estos delitos.

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