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La DIAN se pronunció recientemente frente a una solicitud de reconsideración con respecto a la autorretención especial en el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) y su relación con las bases y cuantías mínimas para efectos de la autorretención.

Consideraciones de la DIAN

La autorretención especial se originó en el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). Por lo tanto, es importante considerar este contexto y la doctrina emitida por la DIAN sobre el particular.

El artículo 1.2.6.7 del Decreto 1625 de 2016, adicionado por el Decreto 2201 de 2016, no estableció la posibilidad de aplicar las bases mínimas de retención previstas para la retención en la fuente del impuesto sobre la renta y complementario a la autorretención especial. Este artículo se refiere a la forma de calcular las bases de la autorretención, y se interpretó que no incluye bases mínimas.

La autorretención especial tiene como objetivo cubrir la destinación específica establecida en el artículo 243 del Estatuto Tributario. Esta destinación específica corresponde a los recursos que se destinan a ciertas entidades y programas, y estaba vinculada al CREE.

Si se aceptara la tesis de aplicar las bases mínimas de retención a la autorretención especial, se contradirían las normas de la autorretención especial y se pondría en riesgo el propósito del Decreto 2201 de 2016. Esto también podría afectar el funcionamiento de las entidades receptoras de los recursos del impuesto sobre la renta con destinación específica, sostiene la DIAN.

Por lo anterior, la DIAN confirmó el contenido del Oficio 005622 del 15 de marzo de 2017, manteniendo que las bases mínimas de retención no son aplicables a la autorretención especial en el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). Así las cosas, la autorretención especial no debe basarse en cuantías mínimas particulares de retención, ya que estas no están expresamente previstas y su objetivo es cubrir la destinación específica del impuesto.

DIAN, concepto 1526(005623) de 2023

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