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El último plazo en Colombia que tenía toda persona jurídica, o estructura sin personería jurídica o asimiladas, para reportar o suministrar a la DIAN la información de sus beneficiarios finales personas naturales venció el pasado 31 de julio de este año.

Ahora también en Estados Unidos, la Red de Cumplimiento de Crímenes Financieros (FinCEN, por sus siglas en inglés) publicó la «Guía de cumplimiento para compañías», delimitando el reporte de los beneficiarios finales de las empresas a partir del 1 de enero de 2024. Éste formato será exigible a partir del próximo año, en el que determinadas entidades (americanas o extranjeras que estén inscritas en el registro societario estadounidense) deben presentar a la FinCEN la información relativa a la propiedad efectiva (beneficial ownership information). A ese propósito se deberá reportar información sobre   la entidad y dos categorías de personas físicas: i) usufructuarios; 2) personas solicitantes.

«A partir de 2024, muchas entidades creadas o registradas para hacer negocios en los Estados Unidos estarán obligadas a reportar información sobre sus propietarios beneficiarios, es decir, las personas que en última instancia poseen o controlan una empresa, a FinCEN. La Guía tiene como objetivo ayudar a las empresas a determinar si están obligadas a reportar su información sobre la propiedad beneficiaria a FinCEN», destacó la entidad.

En los términos planteados por la Guía, «un beneficiario final es una persona física que controla al menos el 25 por ciento de una empresa o tiene un control sustancial sobre la empresa». De otra parte, «persona solicitante» es una persona física que presenta directamente o es el principal responsable de la presentación del documento que crea o registra la empresa.

Contenido y estructura de la guía

La guía de FinCEN se encuentra estructurada a partir varias preguntas que le permitirán a las empresas o entidades saber si se encuentran obligados al reporte de información:

  • ¿Tiene mi empresa que informar sobre sus usufructuarios?
  • ¿Quién es el beneficiario final de mi empresa?
  • ¿Qué información específica debe declarar mi empresa?
  • ¿Cuándo y cómo debe presentar mi empresa su informe BOI inicial?
  • ¿Qué ocurre si hay cambios o inexactitudes en la información declarada?

La presentación de informes

Las empresas declarantes creadas o registradas a partir del 1 de enero de 2024 dispondrán de 30 días tras recibir el aviso de la creación o registro de su empresa para presentar sus informes BOI iniciales. Por su parte, las empresas declarantes creadas o registradas para ejercer su actividad antes del 1 de enero de 2024 tendrán hasta el 1 de enero de 2025 para presentar sus informes BOI iniciales.

Consulte aquí la guía en español: Guia BOI – RC Abogados

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