La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- difundió para comentarios un borrador de resolución a través de la cual se prescribe el Formulario Nº60 “Declaración anual consolidada” para el año gravable 2023 y siguientes.
Teniendo en cuenta que el artículo 46 de la Ley 2277 de 2022 adicionó un inciso 2 al artículo 912 del Estatuto Tributario para que los contribuyentes de forma optativa y excluyente pueda tomar como descuento tributario el gravamen a los movimientos financieros que haya sido efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable,
se requiere prescribir un formulario para el cumplimiento de la obligación tributaria de declarar por los años gravables 2023 y siguientes a cargo de los contribuyentes del impuesto unificado y su complementario de ganancias ocasionales, y como responsables, cuando lo sean, del impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas, impuestos administrados por la [DIAN].
Los sujetos obligados a presentar la Declaración anual consolidada del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación deberán hacerlo a través de los servicios informáticos de la DIAN, utilizando la Firma Electrónica.
Consulte aquí el formulario tentativo: DIAN PR – RC Abogados