La Superintendencia de Sociedades expidió la 100-010698 de 2023, estableciendo así la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia o control de la entidad.
Según esta norma, la tarifa correspondiente al año 2023 fue fijada en «diez centavos ($0.10) por cada mil pesos ($1.000) de activos totales».
En ningún caso la contribución podrá exceder del 1% del total de las contribuciones, ni ser inferior a (27.35) Unidades de Valor Tributario – UVT de 2023.
Para las sociedades en Reorganización Empresarial, en Acuerdo de Restructuración, Sociedades en Concordato y en Estado de Liquidación Judicial y Voluntaria, la tarifa será de «(27.35) Unidades de Valor Tributario – UVT de 2023, que corresponden a un millón ciento sesenta mil pesos ($1.160.000)».
El pago de la contribución deberá efectuarse dentro de los 20 días calendario siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro.
La contribución no pagada dentro del plazo señalado, causará los mismos intereses de mora aplicables al impuesto de renta y complementarios, conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010 y el artículo 1° del Decreto 1380 de 2021, que modificó el artículo 3° del Decreto 1736 de 2020.
SuperSociedades, resolución 100-010698 de 2023