Según lo establecido en el calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, desde el próximo 7 de septiembre y hasta el 20 de septiembre estarán vigentes los plazos para presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia y el Informe Local de la Documentación Comprobatoria año gravable 2022 y fracción 2023.
¿Qué se debe hacer?
En los términos de la Resolución 1210 de 2022, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia de que trata el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, deberán seguir los siguientes pasos a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN:
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- Presentar la información contenida en la Hoja 2 del Formulario 120, y previamente cargada en el prevalidador diseñado para tal fin – formato 1125 Versión 13, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN ingresando por la opción “presentación de información por envío de archivos” haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).
Presentada esta información, el declarante deberá validar el resultado de dicho proceso ingresando a los Servicios Informáticos Electrónicos a través de la opción “presentación de información por envió de archivos / consulta de envíos de solicitud”. Si el resultado es de conformidad, es decir, estado “EXITOSO”, el declarante debe continuar con el procedimiento señalado en numeral 2 del presente artículo, de lo contrario deberá corregir la información y presentarla nuevamente como inicial (concepto 1), hasta que la misma quede en estado “EXITOSO”. - Diligenciar, firmar y presentar virtualmente la hoja principal de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia – Formulario 120, a través de la opción “Diligenciar y Presentar” de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.
- Los servicios informáticos electrónicos le permitirán al obligado a declarar, diligenciar e imprimir el correspondiente “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales – formulario 490”, para proceder al pago de las sanciones, cuando a ellas haya lugar, ante las entidades autorizadas para recaudar a través de los mecanismos que estas ofrezcan y en las condiciones que establezca la DIAN.
- Presentar la información contenida en la Hoja 2 del Formulario 120, y previamente cargada en el prevalidador diseñado para tal fin – formato 1125 Versión 13, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN ingresando por la opción “presentación de información por envío de archivos” haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).
La entidad informó a ese propósito que:
- El prevalidador para el año gravable 2022, se encuentra disponible para ser descargado desde el portal de la DIAN en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx
- Respecto a la documentación comprobatoria, se encuentra disponible el Sistema Informático para el envío del Informe Local con el código de formato 1729 -Versión 8, para el año gravable 2022. En el caso del Informe Maestro, si bien los vencimientos son en diciembre, igualmente, el sistema ya se está disponible para que los contribuyentes puedan enviarlo con el código de Formato 5231 -Versión 2, para el año gravable 2022.
Con información de: DIAN